Días sin IVA en Colombia

De acuerdo al decreto 682 de Mayo 21 de 2020, se establecen que los tres días sin IVA se realizarán el viernes 19 de junio, viernes 3 de julio y domingo 19 de julio; y nos explica las dinámicas de estos días que buscan incentivar la economía nacional.

A continuación, les dejamos las pautas para estos días sin IVA:

  • La entrega de mercancía se debe hacer hasta dos semanas después de facturada.
  • Aplica sólo para ventas a consumidores finales.
  • Las ventas son hasta 3 unidades del mismo género por cliente.
  • Deberá disminuirse el IVA en la lista de precios habitual.
  • Se debe enviar información detallada a la Dian antes de agosto 31.
  • Los saldos a favor en IVA no aplican para devolución ni compensación.
  • En la factura de venta, debe especificarse en detalle el comprador.
  • Aplica también para ventas POS, pero no aplica para ventas PLU.
  • El pago debe ser electrónico: tarjeta débito, tarjeta crédito, transferencias, otros.
  • Si no procede exención, se dará lugar a la corrección de la declaración de IVA.
  • Deberán parametrizarse los sistemas informáticos para controlar la venta de máximo 3 unidades por cliente.

Aquí abajo les dejamos una imagen con el resumen de lo que debes saber para este día sin IVA.

Dinámica de los días sin IVA

Si tienes alguna duda frente a este tema o requieres asesoría en otros temas de índole fiscal, contable, tributaria; puedes escribirnos a nuestras redes sociales y con gusto te atenderemos.

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